Hoy se ha publicado en el BOCM el extracto de la Orden conjunta 1945/2024 de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades y de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de becas para la escolarización en el primer ciclo de Educación Infantil en centros de titularidad privada para el curso 2024-2025.

Este año la cuantía de las becas variará entre los 1.947 y los 3.113 euros anuales, lo que supone un incremento respecto a las convocatorias previas. Los beneficiarios serán aquellos bebés nacidos o que esté previsto nacimiento antes del 1 de enero de 2025, que estén matriculados o tengan reserva de plaza en un centro privado autorizado.

Baremación y condiciones

En la evaluación de las solicitudes, se otorgarán 7 puntos a las familias donde ambos padres trabajen a jornada completa, a las familias monoparentales en igualdad de condiciones o cuando un progenitor esté a tiempo completo y el otro no pueda atender al menor por alguna limitación. En caso de trabajo a tiempo parcial, recibirán 5 puntos.

Del mismo modo, se considerará la situación de las familias numerosas y de aquellos padres o hijos con discapacidad, validado por los servicios sociales. Se facilitará también el acceso a las víctimas de violencia machista y se permitirá excepcionalmente la participación de niños mayores de 3 años con necesidades especiales acreditadas, que requieran continuar en el primer ciclo de infantil.

Plazo e impresos

El plazo de presentación de solicitudes será del 30 de abril al 23 de mayo, ambos inclusive. Todavía no está actualizada la información en la web de la Comunidad. Los impresos de solicitud estarán disponibles a partir del 30 de abril.

MUY IMPORTANTE:
 es IMPRESCINDIBLE que la solicitud esté firmada por todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad que figuren en ella y debe ir acompañada obligatoriamente de copia del libro de familia o certificados de nacimiento del Registro Civil de los menores que consten en la solicitud.

Si la solicitud se presenta telemáticamente, en el caso de que no pueda ser firmada digitalmente más que por uno, se deberá adjuntar documento firmado por el resto de miembros mayores de edad consignados en la solicitud donde autoricen a la presentación de la solicitud en su nombre y, en su caso, su oposición /autorización a la consulta de datos por la Comunidad de Madrid.

Asimismo, en la solicitud debéis indicar un número de teléfono móvil y una dirección de correo electrónico al que se os enviarán un código con el que podréis acceder a consultar el estado de la solicitud cuando se publiquen las listas provisionales de solicitudes admitidas y excluidas así como la resolución definitiva. De lo contrario, no podréis acceder a consultar el estado de la solicitud y sus causas de exclusión y/o puntuación. 

También debéis tener en cuenta que, en el caso de oponeros expresamente a la consulta de datos por parte de la Comunidad de Madrid, tendréis que marcar la opción y expresar los motivos de la oposición, así como aportar la documentación exigida en la normas que regulan la convocatoria.

Por último, si no autorizáis expresamente el cruce de datos de renta, tendréis que adjuntar un certificado de IRPF del ejercicio 2022 expedido por la AEAT con fecha POSTERIOR a 1 de marzo de 2024. No es válido el MODELO 100 que se imprime cuando se presenta o confirma la declaración de la renta.

Más información sobre la convocatoria:
Becas de Educación Infantil
o en el teléfono 012.